Es en el sexenio del presidente De la Madrid, cuando se comienzan a implementar las primeras reformas en el país, estas contemplando la entrega de distintas de las compañías públicas existentes en el país hacia los grandes inversionistas en el país, Muchas de las cuales eran si no vendidas por precios demasiado bajos al sector privado, eran fusionadas con otras empresas.
Estas privatizaciones las logró por medio de reformas a artículos de la constitución mexicana referentes a esta indole, entre algunos de ellos, se encuentran las reformas a los artículos 25, 26, 27 y 28
- Artículo 25: “Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático… El estado planeará, conducirá, coordinara y orientara la actividad económica nacional… La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional…”
- Artículo 26: “El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.
- Artículo 27: “El Estado proveerá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional…”
- Artículo 28: “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios… En consecuencia la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de precios…”
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